CAT / ESP

Reducciones del 50% en los alquileres de locales comerciales afectados por Covid e incentivos fiscales para los arrendadores afectados

Esta regulación estatal se viene a sumar a las mesurers que en el mismo sentido decretó la Generalidad de Cataluña y que expusimos en el Newletter del pasado 22 de octubre. Ambas disposiciones pretenden paliar los graves efectos económicos que sobre determinados negocios causan las medidas restrictivas que se dictan para la contención de la pandemia de Covid, y la fórmula empleada para compensar estas pérdidas no es, como debería ser, compensaciones económicas a cargo del Estado, sino que consiste en obligar a los propietarios arrendadores a compartir el perjuicio económico que sufren los arrendatarios.

En primer lugar la normativa da prioridad a aquellos acuerdos que arrendadores y arrendatarios alcancen para voluntad propia. Cabe decir que desde el inicio de la pandemia, y de las consecuencias económicas de sus restricciones, se ha constatado que, en la mayoría de los casos, los propietarios han solidarizado con los perjuicios económicos que sufren los arrendatarios, y se han llegado a acuerdos adecuados a las circunstancias de cada caso.

En caso de que arrendador y arrendatario no alcancen ningún acuerdo al respecto, esta disposición será de aplicación obligatoria y el arrendatario podrá optar por pedir una reducción o un aplazamiento de la renta.

REDUCCIÓN

Importe de la reducción
La reducción de renta previsto en esta regulación estatal es del 50%.

A qué propietarios arrendadores afecta?
Quedan obligados aquellos arrendadores que tienen la consideración de grandes tenedores, es decir los que son titulares de más de 10 inmuebles urbanos (sin contar garajes y trasteros) o de una superficie construida superior a los 1.500 m2.

¿Cuál es el período de aplicación?
La reducción de la renta se iniciará la primera mensualidad que corresponda, después de que el arrendatario lo haya solicitado y, transcurridos los siete días que tiene el arrendador para darle respuesta. Se mantendrá la reducción mientras dure el estado de alarma y hasta un máximo de cuatro mensualidades posteriores.

Qué arrendatarios lo pueden pedir?
Se deben dar los siguientes requisitos:

Autónomos y Pymes
Afectados por la suspensión de sus actividades económicas. Como consecuencia de las medidas dictadas por las autoridades dentro del marco del estado de alarma.
Que como consecuencia de las descritas medidas restrictivas de la actividad económica se produzca una reducción de la facturación, de al menos un 75%, en comparación con igual período trimestral del año anterior.

MORATORIA
Alternativamente a la reducción del alquiler, el arrendatario puede optar por pedir una moratoria en el pago de las rentas de las mensualidades que quedan comprendidas dentro del periodo de alarma y los cuatro meses posteriores, como se ha indicado anteriormente. En el supuesto de optarse por la moratoria, el pago del importe aplazado se podrá realizar prorrateando este importe en el transcurso de dos anualidades o entre los meses de duración del contrato si este periodo fuera inferior.

INCENTIVO FISCAL A ARRENDADORES
Los arrendadores que hayan pactado con sus inquilinos reducciones en la renta podrán, en el ejercicio fiscal del 2021, considerar como gasto deducible, el importe del alquiler que se haya rebajado correspondiente a las mensualidades de Enero, Febrero y Marzo del 2021.

POR ARRENDADORES QUE NO TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE GRANDES TENEDORES
En los supuestos de que los arrendadores no tengan la consideración de grandes tenedores, el arrendatario sólo podrá solicitar el aplazamiento de los pagos de las mensualidades de renta como se ha descrito anteriormente. Para estos supuestos se permite a las partes disponer de la fianza obligatoria que se entregó a la firma del contrato en garantía del cumplimiento de las obligaciones contractuales.

En todo caso concluíamos esta información recordando que coexisten las medidas, que respecto a los arrendamientos de los locales comerciales, han dictado tanto la Generalitat como el Estado, tendentes a paliar los graves efectos económicos que se derivan de las medidas que las autoridades toman por a contener la pandemia.

ACTUALIDAD

11/04/25

Durante 2024 bajaron los precios de alquiler y se redujeron drásticamente los nuevos contratos y las aportaciones al parque de viviendas

Durante el año 2024, el precio de los alquileres en las comarcas gerundenses disminuyó, coincidiendo con la aplicación de la regulación de los precios del alquiler. La regulación también llevó a una fuerte disminución de los nuevos contratos de alquiler registrados: en Olot, la caída fue del 18% en un año. Por otro lado, se […]

...

08/04/25

Quieres vender tu casa y no sabes por dónde empezar?

El primer paso es saber cómo valorar una propiedad en 5 pasos. Si estás pensando en poner a la venta tu inmueble, lo primero es saber a qué precio puedes sacarlo al mercado. Además, deberás diferenciar entre el precio de salida y el precio final de venta, ya que muy probablemente no coincidirán, dado que […]

...

04/04/25

Novedades fiscales 2025 en Catalunya

El Gobierno de la Generalitat, mediante el Decreto Ley 5/2025 publicado el 26 de marzo, ha introducido diversas modificaciones relevantes que afectan a los propietarios de inmuebles en Catalunya, especialmente en el ámbito fiscal. Las principales novedades fiscales para este 2025 son las siguientes: Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) Se actualiza […]

...

06/03/25

Creado el nuevo Registro de Grandes Tenedores de Vivienda

El pasado 26 de febrero, el Gobierno de la Generalitat de Catalunya publicó un Decreto que establece la creación del Registro de grandes tenedores de vivienda, entre otras cuestiones. Este registro tiene como objetivo identificar a los propietarios que poseen cinco o más viviendas en áreas de mercado tensionado, así como determinar quiénes son estos […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.