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¿Cuál sería el precio del alquiler si la Ley de Contención de rentas fuera declarada inconstitucional?

Cabe recordar que el Consejo de Garantías Estatutarias determinó que varios artículos de la Ley de Contención de Rentas de las viviendas en alquiler aprobada por la Generalitat, son inconstitucionales y que algunos partidos políticos han anunciado que presentarán un recurso de inconstitucionalidad contra esta norma.

Tanto el Código Civil como la Ley de Arrendamientos Urbanos permiten que el precio del alquiler lo determinen libremente las partes contratantes, arrendador y arrendatario. Esta libertad de pacto queda completamente anulada por la Ley de Contención de Rentas, que determina que el precio de arrendamiento debe ser lo indicado en el Índice del Precio de Referencia que publica la Agencia Catalana de Vivienda o, si fuera menor, el precio del anterior contrato de arrendamiento concertado en los últimos cinco años.

Así, todos los contratos de alquiler que se han formalizado desde el pasado 23 de septiembre, se han hecho obligatoriamente siguiendo el criterio de la Ley de Contención de rentas, y por tanto, como hemos comentado en anteriores artículos, con precios sensiblemente más bajos que los vigentes precios de mercado. El arrendador, para alquilar la vivienda, no puede establecer el precio que él considere, de acuerdo con las características de su propiedad, sino que el precio del contrato se ajustará a los determines de la ley.

En caso de que el Tribunal Constitucional tumbara la Ley, los contratos suscritos desde la entrada en vigor de la Ley de Contención de Rentas hasta ese momento, quedarán atrapados por ese precio más bajo resultante de la Ley hasta la finalización de su vigencia , 5 años para personas físicas, 7 años para personas jurídicas. Esta situación se podría evitar mediante el establecimiento en el contrato de una cláusula especifica.

Se trata de que en la referida cláusula, que sólo puede tener efecto si se declara la inconstitucionalidad de la Ley de Contención de Rentas y por lo tanto se declara la nulidad de los artículos que regulan la determinación de la renta, las partes, entrega y de común acuerdo, convengan un precio que sería el aplicable subsidiariamente sólo en caso de que se determinas la anticonstitucionalidad de la norma y, en consecuencia, decayera la obligación de determinar el precio según el índice de precios o del contrato anterior.

El contrato así pues establecería dos rentas, una la que determina la Ley y subsidiariamente una segunda, libremente pactada, sólo aplicable en caso de decretarse la inconstitucionalidad de la Ley.

En los Servicios Jurídicos de la Cámbra se puede analizar la conveniencia de incorporar en determinados contratos una cláusula con esta finalidad preventiva.

ACTUALIDAD

07/11/24

Nueva propuesta de ley para inhabilitar los contratos de temporada

En trámite un proyecto de un Real Decreto para regular los alquileres de corta duración comercializados a través de plataformas informáticas. Algunas fuerzas políticas están obsesionadas con eliminar los contratos de alquiler de temporada. En este sentido, recordamos lo siguiente: ninguna de las leyes que han buscado regular los alquileres de temporada ha logrado prosperar, […]

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30/10/24

Exposición “Fires’24”, organizada por la Agrupació d’Aquarel·listes de Girona

La Cambra de la Propietat Urbana de Girona te invita a visitar la exposición “Fires’24”, una muestra colectiva de los socios de la Agrupación de Acuarelistas de Girona. Esta exposición se podrá visitar en la sede de la Cambra en la calle Ciutadans, 12, de Girona, del 6 al 22 de noviembre, y estará abierta […]

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24/10/24

El Tribunal Constitucional tumba parte de la ley catalana sobre la vivienda

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado parcialmente la ley catalana sobre la vivienda de 2022, ya que ha declarado inconstitucionales algunos de los artículos de dicha ley, que obligaban a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a las familias con vulnerabilidad socioeconómica antes de poder interponer determinadas demandas judiciales. El TC ha considerado […]

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17/10/24

Los precios de los alquileres son un poco más altos que hace un año, a pesar de la regulación de los alquileres

En Girona, el precio del alquiler es de 781€, en Figueres 545€, en Olot 520€ y en la zona de la costa 744€. La Cambra de la Propietat Urbana de Girona ha publicado su informe del segundo trimestre sobre el precio del alquiler, elaborado a partir de los datos de fianzas registradas. El informe ha […]

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