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Qué impuestos se tienen que pagar y quienes los tienen que pagar cuando una comunidad de propietarios alquila una zona común?

Las comunidades de propietarios pueden acordar alquilar un espacio comunitario, tanto a un propietario como un tercero externo a la comunidad (por ejemplo, arrendar una parte de la azotea comunitaria a un operador de telefonía para colocar una antena).

En este sentido el Código Civil de Cataluña exige que el acuerdo para alquilar el espacio comunitario se adopte por una mayoría cualificada de cuatro quintas partes de los propietarios con derecho a voto, que tienen que representar a la vez las cuatro quintas partes de las cuotas de participación si el alquiler es por un plazo superior a quince años (arte. 553-26.2.g); siendo, por lo tanto, suficiente uno adoptado por mayoría simple (de propietarios y coeficientes presentes o representados con derecho a voto) si el alquiler es por una duración inferior.

Ahora bien, una cuestión que se tiene que tener mucho en cuenta es como tributan los ingresos que provienen de estos alquileres y como o quienes los tiene que tributar.

Pues bien, las comunidad de propietarios están sujetos al régimen de atribución de rentas (no están sujetas al impuesto sobre sociedades, como las sociedades mercantiles), de manera que las rentas obtenidas se atribuyen a los propietarios que integran aquella comunidad. Es decir, las rentas obtenidas de los alquileres se atribuirán a los propietarios que integran la comunidad en función de su cuota de participación en aquella comunidad (que es aquella cuota que viene fijada a la escritura de división horizontal y de propiedad, y que conformo el Código Civil de Cataluña determina la distribución de los gastos y el reparto del ingresos), o bien, si en los estatutos se ha establecido otro sistema o porcentaje de reparto, conforme a este reparto (como ha aclarado la DGT).

Esto implica que los propietarios tendrán que declarar estas rentas en su declaración de la renta (IRPF) si son personas físicas y están obligadas a presentarla (en caso de sociedades a su Impuesto sobre sociedades).

También es importante tener en cuenta que por hacienda es indiferente que los propietarios hayan recibido efectivamente estos importes, los cedan gratuitamente en la comunidad o acuerden destinarlos a hacer frente a otros gastos de la comunidad. Así si la comunidad, como suele ser muy habitual, acuerda no entregar este dinero a los propietarios sino que permanezcan a la cuenta de la comunidad para hacer frente a gastos comunitarios; igualmente los propietarios los tendrán que imputar como rendimientos en su declaración de la renta.

En cuanto a las obligaciones fiscales de la comunidad de propietarios que obtiene rentas por alquiler de zonas comunes, se establece que si aquella obtiene unas rentas superiores en tres mil euros anuales, tendrá que informar a hacienda presentando (en el mes de enero) lo correspondiente modelo anual de declaración de entidad regimos de atribución de rentas (modelo 184).

ACTUALIDAD

07/11/24

Nueva propuesta de ley para inhabilitar los contratos de temporada

En trámite un proyecto de un Real Decreto para regular los alquileres de corta duración comercializados a través de plataformas informáticas. Algunas fuerzas políticas están obsesionadas con eliminar los contratos de alquiler de temporada. En este sentido, recordamos lo siguiente: ninguna de las leyes que han buscado regular los alquileres de temporada ha logrado prosperar, […]

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30/10/24

Exposición “Fires’24”, organizada por la Agrupació d’Aquarel·listes de Girona

La Cambra de la Propietat Urbana de Girona te invita a visitar la exposición “Fires’24”, una muestra colectiva de los socios de la Agrupación de Acuarelistas de Girona. Esta exposición se podrá visitar en la sede de la Cambra en la calle Ciutadans, 12, de Girona, del 6 al 22 de noviembre, y estará abierta […]

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24/10/24

El Tribunal Constitucional tumba parte de la ley catalana sobre la vivienda

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado parcialmente la ley catalana sobre la vivienda de 2022, ya que ha declarado inconstitucionales algunos de los artículos de dicha ley, que obligaban a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a las familias con vulnerabilidad socioeconómica antes de poder interponer determinadas demandas judiciales. El TC ha considerado […]

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17/10/24

Los precios de los alquileres son un poco más altos que hace un año, a pesar de la regulación de los alquileres

En Girona, el precio del alquiler es de 781€, en Figueres 545€, en Olot 520€ y en la zona de la costa 744€. La Cambra de la Propietat Urbana de Girona ha publicado su informe del segundo trimestre sobre el precio del alquiler, elaborado a partir de los datos de fianzas registradas. El informe ha […]

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