La Generalitat da un nuevo paso en la regulación de los precios del alquiler. Como ya comentamos en este artículo, se amplía en 31 el número de municipios afectados por la regulación de precios, sumándose a los 16 que, desde marzo, ya tienen los precios de los arrendamientos regulados.
Aunque la resolución del departamento de territorio se publicó en el DOGC de ayer, esta regulación no será aplicable hasta que el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana no haga su publicación en el BOE, ya que estas regulaciones son aplicación de la Ley Estatal de Vivienda.
Les Cambres de la Propietat Catalanes, a través de su Consell General de Cambres, en el trámite de exposición pública de esta normativa, presentaron alegaciones en desacuerdo con esta política de regulación de precios que de ninguna manera resuelve el verdadero problema que es la escasez de viviendas de alquiler y que pone en el mismo saco la problemática de precios que puede vivir una ciudad como Barcelona con municipios como Porqueres, Sils o Vilobí d’Onyar.
Las alegaciones presentadas no han tenido respuesta por parte del Departamento de Territorio. Es muy probable que este hecho conlleve, por parte de las Cámaras, la interposición de un recurso de apelación, tal y como se hizo con el primer Decreto en el que se declaraban 140 municipios de Cataluña como Zona de vivienda residencial tensionada. Cabe decir que la oposición a estas primeras regulaciones sigue actualmente en procedimientos judiciales interpuestos por las Cámaras de la Propiedad conjuntamente con otros agentes del sector inmobiliario.
Recordemos que la declaración de las Zonas Tensionadas implica que el precio de los arrendamientos deja de ser aquel que libremente determinan las partes, propietario y arrendatario, y obligatoriamente se debe aplicar el precio del contrato anterior si la vivienda ha sido alquilada en algún momento de los últimos cinco años o, si se trata de grandes tenedores, se aplicará el precio resultante del índice de precios de referencia en caso de que este fuera menor al del contrato anterior.
La determinación del precio de alquiler en las zonas tensionadas es una cuestión de gran complejidad porque, además de la norma general, hay muchas excepciones a tener en cuenta, en caso de nueva construcción o que la vivienda haya sido rehabilitada, o tomando en consideración la fecha del contrato anterior, según que el propietario tenga la consideración de gran tenedor o no, según la duración que se quiera dar al contrato, o según las bonificaciones fiscales a las que el propietario quiera acogerse.
Todas estas variables hacen necesario que los propietarios obtengan el asesoramiento adecuado para obtener el mejor precio.
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