Desde el martes 28 de junio y hasta el 15 de julio, estará abierto el plazo para solicitar las subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso. Estas ayudas van dirigidas a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso a sectores de población en riesgo de exclusión social.
Los requisitos exigen tener más de 36 años y estar empadronado en la vivienda, y que la unidad de convivencia tenga una fuente regular de ingresos para poder pagar el alquiler y que no sobrepasen los 22.548,67 € (2,831267 veces la indicador de renta de suficiencia (IRSC), salvo en los supuestos de víctimas de terrorismo.
La resolución DSO/1967/2022 de 21 de junio -ha sido publicada en el DOGC núm. 8696, de 27 de junio de 2022-, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el 2022 (ref. BDNS 635344)
Se trata de subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso de viviendas o habitaciones, en régimen de concurrencia competitiva, para facilitar el acceso y permanencia a sectores de población en riesgo de exclusión social. Se dirige a personas que sean titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Cataluña, que tengan una edad de 36 o más años y cumplan los requisitos de la convocatoria.
Importes máximos del alquiler mensual o precio de cesión
En el caso de la demarcación de Girona, el importe máximo de alquiler no puede ser superior a 650 euros. En los supuestos de habitación no podrá ser superior a 350 euros. Para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, el importe máximo de alquiler mensual es de 900 euros en todo el territorio de Cataluña.
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