CAT / ESP

Los arrendatarios de locales cerrados o con el uso limitado por la Covid-19 podrán renegociar el precio de los alquileres

Los arrendatarios de locales comerciales cerrados o con el uso limitado por las medidas contra la Covid-19, con contratos celebrados con posterioridad al día 1 de enero del año 1995, podrán renegociar el precio de los alquileres a partir del día 22 de octubre de 2020, fecha en que ha entrado en vigor el Decreto Ley de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en los locales de negocio arrendados.

La parte arrendataria puede hacer uso de las facultades que le atribuye este Decreto Ley con independencia de los acuerdos a que hubieran llegado las partes contratantes, respecto de las contingencias previstas en el mismo, antes de su entrada en vigor.

Rebaja del 50% en los establecimientos cerrados

Se reduce al 50% el alquiler de los locales de negocio cerrados durante el periodo de suspensión de la actividad en caso de que no haya acuerdo entre propietario y arrendatario. Los inquilinos de bares, restaurantes, centros de estética, casinos, salas de juego o bingos podrán renegociar con los propietarios para establecer, de mutuo acuerdo, una rebaja de las mensualidades o acogerse, en el plazo de un mes, a la rebaja del 50% si no hay pacto.

La norma pretende evitar el cierre de empresas y la destrucción de puestos de trabajo y potenciar la negociación entre las partes para no judicializar la cuestión.

Reducción del precio en los negocios en funcionamiento parcial

En el caso de los negocios con restricciones parciales, si hay falta de acuerdo la rebaja será del 50% de la parte restringida. Esto significa que, en caso de un negocio que tiene el aforo limitado a la mitad, el arrendatario deberá pagar todo el alquiler de la parte que puede utilizar y la mitad de la parte restringida. Es decir, que el propietario acabará ingresando el 75% del precio del alquiler habitual.

La medida se podrá aplicar en sectores con aforo o horarios parcialmente restringidos como teatros, comercios, gimnasios, tiendas de 24 horas y hoteles.

Exclusión de los productos para llevar y del envío a domicilio

El decreto ley prevé que, en el caso de la restauración, el hecho de ofrecer servicio a domicilio o recogida no se tenga en cuenta para acceder a la rebaja del alquiler. A efectos prácticos, por lo tanto, la administración considerará que el negocio está cerrado y que puede acogerse, también, a la rebaja del 50%.

Fórmula rápida para una situación de emergencia

El Decreto Ley favorece el acuerdo entre inquilino y propietario y, al mismo tiempo, impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas, ya que se establece el plazo de un mes para la aplicación automática de la disminución del precio. El Gobierno considera que esto evita una judicialización masiva de la rebaja de los alquileres que congestionar los tribunales y, además, no serviría para ayudar a los negocios a tiempo.

Las reducciones de renta y otras cantidades debidas por la parte arrendataria son efectivas a partir de la fecha del requerimiento de modificación de las condiciones contractuales hecha por la parte arrendataria.

ACTUALIDAD

11/04/25

Durante 2024 bajaron los precios de alquiler y se redujeron drásticamente los nuevos contratos y las aportaciones al parque de viviendas

Durante el año 2024, el precio de los alquileres en las comarcas gerundenses disminuyó, coincidiendo con la aplicación de la regulación de los precios del alquiler. La regulación también llevó a una fuerte disminución de los nuevos contratos de alquiler registrados: en Olot, la caída fue del 18% en un año. Por otro lado, se […]

...

08/04/25

Quieres vender tu casa y no sabes por dónde empezar?

El primer paso es saber cómo valorar una propiedad en 5 pasos. Si estás pensando en poner a la venta tu inmueble, lo primero es saber a qué precio puedes sacarlo al mercado. Además, deberás diferenciar entre el precio de salida y el precio final de venta, ya que muy probablemente no coincidirán, dado que […]

...

04/04/25

Novedades fiscales 2025 en Catalunya

El Gobierno de la Generalitat, mediante el Decreto Ley 5/2025 publicado el 26 de marzo, ha introducido diversas modificaciones relevantes que afectan a los propietarios de inmuebles en Catalunya, especialmente en el ámbito fiscal. Las principales novedades fiscales para este 2025 son las siguientes: Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) Se actualiza […]

...

06/03/25

Creado el nuevo Registro de Grandes Tenedores de Vivienda

El pasado 26 de febrero, el Gobierno de la Generalitat de Catalunya publicó un Decreto que establece la creación del Registro de grandes tenedores de vivienda, entre otras cuestiones. Este registro tiene como objetivo identificar a los propietarios que poseen cinco o más viviendas en áreas de mercado tensionado, así como determinar quiénes son estos […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.