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El Gobierno prorroga la suspensión de los desalojos hipotecarios hasta 2028

suspensió dels desnonametns

El Consejo de Ministros del pasado 14 de mayo aprobó un Real Decreto Ley, por el cual se prorrogan las medidas de suspensión de desalojos sobre la vivienda habitual para la protección de los colectivos vulnerables hasta el 15 de mayo de 2028.

El Real Decreto Ley 1/2024, de 14 de mayo, se publicó en el BOE del 15 de mayo y, por lo tanto, entró en vigor el mismo día de su publicación.

De esta manera, se extiende la suspensión de desalojos hipotecarios cuatro años más, ya que esta suspensión terminaba este 15 de mayo.

¿Qué requisitos se exigen para suspender el desalojo en un procedimiento hipotecario?

Se exigen tres requisitos para poder acogerse a esta suspensión:

¿Qué supuestos se consideran de vulnerabilidad especial para la suspensión de los desalojos hipotecarios?

Los supuestos de vulnerabilidad especial para poder solicitar la suspensión son:

¿Además de vulnerabilidad especial deben concurrir circunstancias económicas?

La Ley 1/2013 exige en el artículo 1.3 que, además de los supuestos de especial vulnerabilidad previstos en el apartado anterior, se deben reunir las siguientes circunstancias económicas:

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