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Creado el nuevo Registro de Grandes Tenedores de Vivienda

registre de Grans Tenidors d’Habitatges

El pasado 26 de febrero, el Gobierno de la Generalitat de Catalunya publicó un Decreto que establece la creación del Registro de grandes tenedores de vivienda, entre otras cuestiones.

Este registro tiene como objetivo identificar a los propietarios que poseen cinco o más viviendas en áreas de mercado tensionado, así como determinar quiénes son estos propietarios y cuántas viviendas tienen en total.

¿Quiénes se consideran grandes tenedores a efectos de la inscripción en el Registro?

Para determinarlo, es necesario hacer referencia a la Ley de la Vivienda y a la Ley 24/2015 de la Generalitat sobre medidas de vivienda. Se considera gran tenedor a cualquier persona física o jurídica que sea titular de:

Aquí puedes consultar los 47 municipios de la provincia de Girona declarados como zonas tensionadas.

No obstante, esta nueva regulación no aclara algunas dudas de interpretación, como el cómputo de los inmuebles en propiedad vertical ni los criterios para determinar los supuestos de copropiedad.

¿Dónde y cómo deben registrarse?

La Agencia de la Vivienda de Catalunya ha creado un nuevo registro administrativo para realizar el trámite. Sin embargo, por el momento, aún no está activo en la web oficial. Para registrarse, se debe comunicar a la Agencia de la Vivienda el cumplimiento de los requisitos de gran tenedor, así como el número de viviendas de las que se es propietario

¿Cuándo deben registrarse?

Desde el momento en que el propietario alcance el número de inmuebles requerido o la superficie residencial establecida.

Régimen sancionador

El Gobierno sancionará a los propietarios que no proporcionen los datos requeridos e incorpora como infracción grave el incumplimiento de la obligación de comunicar la información que debe inscribirse en el Registro de Grandes Tenedores de Vivienda.

Cabe recordar que las infracciones graves pueden ser sancionadas con multas que oscilan entre los 9.000 y los 90.000 euros.

Estas medidas entrarán en vigor una vez que el Decreto Ley se publique oficialmente, aunque aún debe recibir el visto bueno del Parlamento de Catalunya.

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