CAT / ESP

Análisis del Decreto Ley 37/2020, que prevé la suspensión de los lanzamientos instados por propietarios “grandes tenedores” contra hogares vulnerables

El pasado día 4 de noviembre de 2020, salió publicado en el DOGC el Decreto Ley 37/2020, de refuerzo de la protección del derecho a la vivienda ante los efectos de la pandemia del Covid-19.

En realidad lo que hace esta norma es modificar la Ley 24/2015 y el Decreto Ley 17/2019 con el fin, según dice la propia norma, de ampliar las medidas de protección de los colectivos más vulnerables o en riesgo de exclusión residencial que residan en inmuebles titularidad de propietarios grandes tenedores.

A quién afecta la nueva regulación?

La referida normativa no afecta a los pequeños tenedores, y sólo resultará de aplicación a:

Medidas previstas y colectivos favorecidos

Como ya informamos en newsletters anteriores la Ley 24/15 y el Decreto 17/2019 impusieron a los grandes tenedores de viviendas donde residan personas pertenecientes a determinados col·lectivos vulnerables, la obligación de ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponerse determinadas demandadas judiciales.

En relación a este último punto, y ante las dudas jurídicas planteadas en su día por aquella normativa, finalmente las Audiencias Provinciales de Girona y Barcelona dictaron unos acuerdos de unificación de criterios en virtud de los cuales se consideró que aquella normativa (ley 24/15 y 17/19) lo que establecían eran requisitos administrativos pero no requisitos de procedibilidad. Dicho en otras palabras, entendían que, como no modificaban la normativa procesal, el hecho de que el propietario gran tenedor no hubiera hecho una previa oferta de alquiler social no impedía que se admitiera a trámite la demanda de desahucio; sin perjuicio de las sanciones de carácter administrativo que pudiera imponer la administración por aquel incumplimiento.

Con la nueva normativa la Generalitat vuelve a insistir, a raíz de la pandemia del Covid-19, en la anterior, reiterando la necesidad de acreditar que se ha formulado una propuesta de alquiler social antes de interponer demandas de desahucio y previendo la interrupción de los procedimientos ya iniciados en los que no se haya acreditado.

Además, la nueva normativa amplía los supuestos y / o los colectivos favorecidos por la medida.

Así los colectivos favorecidos serán:

En todo caso, se deja a criterio de los Servicios Sociales la determinación de la existencia de riesgo de exclusión social.

En cuanto a la ampliación de supuestos, se prevé una suspensión excepcional y transitoria por motivos sanitarios (Covid-19) de los procedimientos de desahucio y lanzamientos instados por grandes tenedores (o personas jurídica que hayan adquirido con posterioridad al 30 de abril de 2008 viviendas que sean, en primera o en ulteriores transmisiones, provenientes de acuerdos de compensación de deudas o de dación en pago o provenientes de compraventas que tengan como causa la imposibilidad de devolver el préstamo hipotecario) durante la vigencia del estado de alarma o de una medida que comporte restricciones a la libertad de circulación por razones sanitarias.

Con todo, de nuevo surgen respecto a la nueva normativa las mismas dudas jurídicos que en relación a la anterior normativa sobre la interpretación que harán los tribunales, en la medida en que no se modifica la normativa procesal que regula los requisitos de admisibilidad de las demandas y desde suspensión de los procedimientos o de las ejecuciones.

Habrá pues estar atentos a la aplicación que hacen los juzgados y tribunales, sin olvidar nunca pero que, al margen de la aplicación que finalmente acaben haciendo aquellos, los propietarios gran tenedores que incumplan la obligación de ofrecer previamente un alquiler social en los casos que marca la normativa se enfrentan a la posible imposición de sanciones económicas por parte de la administración.

ACTUALIDAD

07/11/24

Nueva propuesta de ley para inhabilitar los contratos de temporada

En trámite un proyecto de un Real Decreto para regular los alquileres de corta duración comercializados a través de plataformas informáticas. Algunas fuerzas políticas están obsesionadas con eliminar los contratos de alquiler de temporada. En este sentido, recordamos lo siguiente: ninguna de las leyes que han buscado regular los alquileres de temporada ha logrado prosperar, […]

...

30/10/24

Exposición “Fires’24”, organizada por la Agrupació d’Aquarel·listes de Girona

La Cambra de la Propietat Urbana de Girona te invita a visitar la exposición “Fires’24”, una muestra colectiva de los socios de la Agrupación de Acuarelistas de Girona. Esta exposición se podrá visitar en la sede de la Cambra en la calle Ciutadans, 12, de Girona, del 6 al 22 de noviembre, y estará abierta […]

...

24/10/24

El Tribunal Constitucional tumba parte de la ley catalana sobre la vivienda

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado parcialmente la ley catalana sobre la vivienda de 2022, ya que ha declarado inconstitucionales algunos de los artículos de dicha ley, que obligaban a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a las familias con vulnerabilidad socioeconómica antes de poder interponer determinadas demandas judiciales. El TC ha considerado […]

...

17/10/24

Los precios de los alquileres son un poco más altos que hace un año, a pesar de la regulación de los alquileres

En Girona, el precio del alquiler es de 781€, en Figueres 545€, en Olot 520€ y en la zona de la costa 744€. La Cambra de la Propietat Urbana de Girona ha publicado su informe del segundo trimestre sobre el precio del alquiler, elaborado a partir de los datos de fianzas registradas. El informe ha […]

...

 

 

Toda la actualidad

SERVICIOS

Ofrecemos un amplio abanico de servicios a los propietarios
Comunitats

Comunidades

Administración de comunidades de propietarios Pide CITA online
Comunitats

Alquileres

Administración de fincas, contratos de alquileres
Comunitats

Abogados

Especialistas en servicios inmobiliarios Pide CITA online Consulta gratuita
Comunitats

Ventas

Agencia inmobiliaria Pide CITA online
Comunitats

Contratos de alquiler

Formalización y redacción del contrato de alquiler personalizado Pide CITA online

Confíanos la venta de tu vivienda.

¡Somos tu garantía!

Tráenos tu vivienda* y te regalamos la Cédula de Habitabilidad y el Certificado Energético

* Por vivienda en exclusiva, a precio de mercado fijado por nuestros profesionales

Otras Cámaras de Cataluña

Formamos parte de

Girona Centre
Carrer Ciutadans, 12
Tel. 972 20 06 16
Girona Eixample
Carrer Emili Grahit, 37
Tel. 972 416 413
Figueres
Carrer Nou, 105
Tel. 972 500 821
Olot
Carrer Mulleras, 16
Tel. 972 268 350
Sant Feliu de Guíxols
Passeig dels Guíxols, 27
Tel. 972 321 284
Palamós
Av. Onze de Setembre, 12
Tel. 872 591 959


Tel.